LA CONVIVENCIA EN LOS CENTROS ESCOLARES DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

Resoluciones

RESOLUCIÓN DE 1 DE JULIO DE 2016

Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte

RESOLUCIÓN de 1 de julio de 2016, de las direcciones generales de Política Educativa y de Centros y Personal Docente, por la que se dictan instrucciones en materia de ordenación académica y de organización de la actividad docente en los centros que impartan Educación Secun- daria Obligatoria y Bachillerato durante el curso 2016- 2017. [2016/5291]

ANEXO

Instrucciones de organización y funcionamiento durante el curso 2016-2017

1. Proyecto educativo

1.1. Consideraciones generales
1.2. Contenidos del proyecto educativo
1.3. Otros aspectos del proyecto educativo

1.3.1. Plan de normalización lingüística
1.3.2. Plan de acción Tutorial.
1.3.3 Plan de transición de la Educación Primaria a la Educación Secundaria Obligatoria
1.3.4. Plan de convivencia
1.3.5. Reglamento de régimen interior
1.3.6. Plan de atención a la diversidad e inclusión educativa (PADIE)
1.3.7.Plan para el fomento de la lectura 1.3.8.Plan de actuación para la mejora

2. Programación general anual

2.1. Normas generales
2.2. Horario general del centro. Solicitud de horario especial
2.3. Criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios del alumnado
2.4. Programaciones didácticas y memoria
2.5. Calendario de evaluaciones y recuperaciones
2.6. Libros de texto y demás materiales curriculares
2.7. Actividades extraescolares y complementarias. Servicios com- plementarios.
2.8. Elaboración, aprobación y seguimiento de la PGA

1.3.2. Plan de acción tutorial

1. El plan de acción tutorial será elaborado por el departamento de orientación, de acuerdo con las directrices establecidas por la comisión de coordinación pedagógica y en colaboración con los tutores y tuto- ras, y en él se establecerán los criterios generales que deberán orientar la labor de todo el profesorado tutor a lo largo del curso escolar, así como de cada profesora o profesor en el contexto del desarrollo de sus materias.

2. Asimismo, deberán planificarse las actividades de información y asesoramiento académico y profesional al alumnado, especialmente a aquel que debe tomar decisiones frente a distintas opciones educa- tivas o especialidades, y las que favorezcan la máxima adaptación y participación del alumnado en el centro, especialmente del procedente de otro nivel educativo o de nuevo ingreso, así como las que faciliten el desarrollo personal del alumnado y su integración en el grupo-clase.

3. En la planificación de actividades se deberá prever, igualmente, aquellas que hagan posible la necesaria coordinación entre los represen- tantes legales del alumnado y el profesorado tutor.

4. El plan de acción tutorial potenciará el papel de la tutoría en la prevención y mediación para la resolución pacífica de los conflictos en la mejora de la convivencia escolar.

1.3.4. Plan de convivencia

1. Serán de aplicación el artículo 124 de la Ley Orgánica 2/2006, en su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013, que establece que los centros elaborarán un plan de convivencia que incorporarán a la programación general anual y que recogerá todas las actividades que se programen prestando especial atención a las actuaciones de prevención de la violencia de género, igualdad y no discriminación; el artículo 8 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Protección Integral con- tra la Violencia de género, que insta a que se adopten las medidas nece- sarias para asegurar que los Consejos Escolares impulsen la adopción de medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres; el artículo 27 del Decreto 39/2008, de 4 de abril, del Consell, sobre la convivencia en los centros docentes no universita- rios sostenidos con fondos públicos y sobre los derechos y deberes del alumnado, padres, madres, tutores o tutoras, profesorado y personal de administración y servicios (DOCV 09.04.2008); la Orden 62/2014, de 28 de julio, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se actualiza la normativa que regula la elaboración de los planes de convivencia (DOCV 01.08.2014); y la Orden de 12 de septiembre de 2007, de la Conselleria de Educación, por la que se regula la notifica- ción de las incidencias que alteren la convivencia escolar, enmarcada dentro del Plan de Prevención de la Violencia y Promoción de la Con- vivencia en los centros escolares de la Comunitat Valenciana (PREVI) (DOCV 28.09.2007).

RESOLUCIÓN DE 20 DE JULIO DE 2017

Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte

RESOLUCIÓN de 20 de julio de 2017, de la Secretaría Autonómica de Educación e Investigación, por la que se aprueban las instrucciones para la organización y el funcionamiento de los centros que imparten Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato durante el curso 2017-2018. [2017/6849]

1. PROYECTO EDUCATIVO

1.1. Consideraciones generales

1.2. Contenidos del Proyecto educativo

1.2.1. Organización y funcionamiento del instituto
1.2.2. Participación de los diferentes estamentos de la comunidad escolar
1.2.3. Coordinación con los servicios del municipio y relaciones con instituciones públicas y privadas
1.2.4. Valores, objetivos y prioridades de actuación
1.2.5. Formas de relación y colaboración con el centro y las familias 1.2.6. Aspectos y elementos comunes para la concreción de los currículos
1.2.7. Acciones de sensibilización e información dirigidas al conjunto de la comunidad educativa
1.2.8. Adecuada atención sanitaria del alumnado con problemas de salud crónica
1.2.9. Plan de normalización lingüística o proyecto lingüístico de centro
1.2.10. Diseño particular de los programas lingüísticos
1.2.11. Plan de acción tutorial
1.2.12. Plan de transición de la Educación Primaria a la Educación Secundaria Obligatoria
1.2.13. Plan de convivencia
1.2.14. Reglamento de régimen interior
1.2.15. Plan de atención a la diversidad e inclusión educativa (PADIE)
1.2.16. Plan para el fomento de la lectura
1.2.17. Programa de reutilización de libros y materiales curriculares 1.2.18. Proyecto educativo de comedor escolarización
1.2.19. Acciones de formación permanente del profesorado
1.2.20. Criterios para determinar la oferta de materias opcionales 1.2.21. Mecanismos para materializar actuaciones coordinadas en los procesos de evaluaciones
1.2.22. Proyectos de deporte, actividad física y salud (PEAFS) 1.3. Otros aspectos del Proyecto educativo

2.5. Programaciones didácticas

1. Cada departamento elaborará la programación didáctica de las enseñanzas que tiene encomendados, bajo la coordinación y dirección del jefe o jefa del mismo, y de acuerdo con las directivas generales establecidas por la comisión de coordinación pedagógica.

2. El profesorado programará su actividad docente de acuerdo con los artículos 4 y 5 del Decreto 87/2015, y la Orden 45/2011, de 8 de junio, de la Conselleria de Educación, por la que se regula la estruc- tura de las programaciones didácticas en la enseñanza básica (DOCV 16.06.2011), en aquellos aspectos que no se oponen a lo que se ha regulado en el dicho Decreto 87/2015.

3. En las programaciones didácticas tanto de Educación Secundaria Obligatoria cómo de Bachillerato, se incorporarán medidas para difundir las buenas prácticas en el uso de las tecnologías de la información y comunicación, así como medidas dirigidas a la sensibilización, prevención y erradicación de cualquier tipo de violencia y discriminación por causa de intolerancia, especialmente referida a condiciones de discapacidad, género, orientación e identidad sexual, etnia o creencias religiosas.

4. Las programaciones didácticas tendrán que incentivar la motivación y la implicación del alumnado en su proceso de aprendizaje y, con este objetivo, aplicarán medios de representación y de expresión, múltiples y varios, que posibilitan las individualizaciones y personaliza- ciones que sean necesarias para dar respuesta a las diversas necesidades educativas.